miércoles, 9 de abril de 2008

¿QUE ES RESOLUCIÒN LEY Y ACUERDO?

DEFINICIONES DE LEY
etimología: del latín, lex, legis es una declaración de la voluntad soberana, dictada por el congreso de la republica, por medio de la cual se ordena, permite o se prohíbe una cosa.
Precepto dictado por la suprema autoridad (congreso de la republica) en que se manda o se prohíbe en consonancia con la justicia para el bien de los gobernados norma jurídica obligatoria dictada por legitimo poder para regular la conducta de los hombres o para establecer los órganos necesarios por el cumplimiento de sus fines
Es un sentido social mas general, disposición que expresa y regula lo que debe ser.
La ley en sentido material, se asimila al termino norma jurídica.cantidad de oro o plata que fija la ley correspondiente en la liga de una moneda.la ley es una norma jurídica dictada por el legislador. Es decir, un precepto establecida por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia, y para bien de los gobernados. Según el jurista panameño Cesar Quintero, en su libro derecho constitucional, la ley es una "norma dictada por una autoridad publica que a todos ordena, prohíbe o permite, y a la cual todos deben obediencia".
LEY NATURAL
Articulo principal: participación de la ley eterna en la criatura racional. Ley natural es el concepto utilizado en la teoría del derecho para referirse a la ley o moral que precede a todas las creaciones humanas y especialmente las leyes convencionales o positivas.
Ley natural es la verdad grabada en el corazón de todo ser humano en integra el derecho natural. Tomas de Aquino "suma teológica" Prima secunda (l-llae) cuestión 94, articulo 6. De ese modo la ley natural es una ley previa al hombre mismo universal e inmutable (por semejanza a leyes físicas o químicas cuya validez universal se puede verificar científicamente, del mismo modo la ley natural es accesible mediante la razón).
Mientras no esta aprobada es un proyecto de ley.
Algunos tipos de ley son:
Ley fundamental es la que establece principios por los que deberá regirse la legislación de un país; suele denominarse constitución. La constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico, ya que esta por encima de cualquier ley.
Ley orgánica cuando nace como consecuencia de un mandato constitucional para la regulación de una materia especifica.
Ley ordinaria, entre las que se incluye la ley de presupuestos
Un ejemplo de ley es la ley de enjuiciamiento, es decir, los códigos que regulan la actuación procesal de los litigantes, jueces y tribunales
Legislación delgada: Son normas jurídicas con rango legal aprobadas por el gobierno. No son propiamente leyes, aunque tienen todos los efectos de estas ya que tienen valor, rango y fuerza de ley. Entre ellas encontramos al:
Decreto Ley
Decreto Legislativo
ACTO ADMINISTRATIVO
El objetivo de la administración publica es satisfacer los intereses colectivos. En aras de ello (a la par de otras actuaciones administrativas) dicta los denominados actos administrativos.
El tema del acto administrativo es de suma importancia en el Derecho público, dado que el reconocimiento de un acto como administrativo implica someterlo en un régimen especial que lo diferencie de otras manifestaciones estatales.
Definiciones de acto administrativo
Las definiciones de acto administrativo varían según donde se ponga el énfasis, ya sea en el órgano que lo dicta, en el contenido del mismo, o en su forma.
Obviando las disputas doctrinarias se puede entender al acto administrativo como "toda declaración unilateral de voluntad realizada en el ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales de forma inmediata". Este concepto de acto administrativo es sostenida entre otros, por el jurista argentino Agustín Gordillo.
Se señala que el acto administrativo es una declaración de voluntad para descartar posibles actividades de la administración que no sean específicamente emanaciones de la voluntad estatal.
Y por ultimo, si se dice que "produce efectos jurídicos individuales" para diferenciar el acto administrativo creadoras de situaciones jurídicas para el administrado, como los reglamentos.
Características del acto administrativo
Se trata de una declaración, por lo que quedan excluidos los actos de la Administración puramente materiales (redacción de un oficio, una demolición, el asfaltado de una calle).
Ha de proceder de un sujeto de la Administración con competencia para realizar el acto.
Deben constituir ejercicios de la protestad administrativa y estar sujetos al derecho administrativo.
Los actos administrativos pueden ser objeto de recurso judicial.
Los actos administrativos son unilaterales.
Clasificación del acto administrativo
Por su origen
Actos simples que provienen de un solo órgano.
Actos complejos que provienen de dos o mas órganos.
Por su contenido
Actos constitutivos que crean, modifican o extinguen relaciones jurídicas, bien reconociendo un derecho o suprimiendo un impedimento (Actos favorables), bien estableciendo un deber o carga (Actos de gravamen)Acto declarativos que solo constatan o acreditan una situación jurídica
Por su forma
Actos expresos que se manifiestan formalmente, casi siempre por escrito.
El acto se realiza en ejercicio de facultades regladas o discrecionales. De todas formas, por ser común de encontrar, esta es la explicación:
Actos reglados en los que la Administración de limita a aplicar una norma que determina el contenido del acto.
Esta discrecionalidad de la administración se da dentro de un abarrico de soluciones;
Elementos del acto administrativo
Sujeto competente
El sujeto activo ha de ser un órgano de la administración, pero además debe ser el órgano competente
El acto administrativo dictado por órgano incompetente territorialmente es nulo del pleno derecho
El acto administrativo dictado por órgano incompetente por razón de la materia es nulo de pleno derecho.
El acto administrativo dictado por órgano incompetente por razón de la jerarquía es anulable.
Contenido
El contenido es la declaración en que el acto consiste y se suele distinguir entre:contenido esencial que es el que forma parte necesariamente del mismo y los distinguen de los demás actos administrativos.contenido eventual que son aquellas que pueden o no ser incluidas por el órgano que dicta el acto
Causa y fin
causa la razón que justifica el acto
Procedimiento
Es la vía a través de la cual se va a crear el acto administrativa. El procedimiento para el dictado de un acto administrativo varía mucho según cada ordenamiento jurídico. Pero generalmente podemos ver dos etapas sucesivas básicas. Primero la creación de la voluntad administrativa y luego la notificación a los particulares efectuados por el acto. Recién a partir de éste último momento tendrá eficacia el acto.
Forma
La forma es la manera como se exterioriza el acto. En derecho administrativo las formas hacen a la sustancia del acto, y siempre benefician al particular.
Justificación
Los actos administrativos deben estar justificados, deben decirlas razones por las cuales adopta. La falta de motivación genera la nulidad del acto administrativo.
Publicidad
Todo acto administrativo debe ser conocido, para que los interesados sepas de la existencia del mismo y puedan ejercer sus derechos. En caso de los actos administrativos, se deben proceder a la notificación a los particulares.
Nulidad
Se suele reconocer que la nulidad en materia de actos administrativos recae en actos defectos en sus elementos esenciales. Estos actos, a los que suele llamar irregular, no son susceptibles de ser confirmados por la administración.
Caracteres del Acto Administrativo
Los actos administrativo se presumen validos y legítimos. Esta presunción no se sostiene para los actos irregulares (los que poseen un vicio manifiesto).
En esos casos se habla de la "Ejecutoriedad" del acto.
Irrevocabilidad
El acto administrativo reconoce una situación jurídica subjetiva a favor de un particular, y por ello, una vez eficaz, no puede ser por la administración.
DOCUMENTOS LEGALES
Dentro de este grupo se reúnen los documentos que tienen su origen en entidades estatales, a un cuando también puedan ser expedidas por entidades privadas, y cuyo fin es hacer manifestaciones voluntarias de personas naturales o jurídicas.
A este grupo pertenecen Decretos, Resoluciones, Acuerdos y pretenden legislar sobre situaciones particulares, que deben asumir todos los funcionarios de una organización y del estado.
Para la elaboración de estos documentos se siguen los mismos parámetros en cuanto a espacios interlineas, centrados, signos de puntuación y, en muchos casos, en el estilo de redacción. Siempre se trabajan con papel tamaño oficio e interlinea sencilla.
¿QUE ES UN ACUERDO?
Un acuerdo es, en Derecho, una decisión tomada en común por dos o más personas, por una junta, asamblea o tribunal. También se denomina así a un pacto, tratado o resolución de organizaciones, instituciones, empresas públicas o privadas.
Es, por lo tanto, la manifestación de una convergencia de voluntades con la finalidad de producir efectos jurídicos.
El principal efecto jurídico del acuerdo es su obligatoriedad para las partes que lo otorgan naciendo para las mismas obligaciones y derechos.
Es válido cualquiera que sea la forma de su celebración, oral o escrita, siempre que el consentimiento de los otorgantes sea válido y su objeto cierto, determinado, no esté fuera del comercio o sea imposible.
PARTES
Entidad que expide el documento: Cuando no se utiliza papelería impresa, el nombre de la entidad debe colocarse a 8 cm. del borde superior de la hoja, en mayúsculas, centrado, y en un solo renglón.
Identificación: se refiere al tipo de documento que se va expedir, bien sea Resolución, Acuerdo,
Decreto Ley, etc. Se escribe a cuatro interlineas del nombre de la entidad. En mayúscula, centrado, seguido del número consecutivo y el año.
Ejemplo:
DECRETO LEY 1960 DE 1994
LEY 80 DE 1992
RESOLUCION 0324 DE 1993
Fecha: A dos interlineas, entre paréntesis y centrada, van el dia y el mes de la fecha de la vigencia.
Ejemplo:
(27 de julio)
(5 de octubre)
Motivo: A cuatro interlineas de la fecha se hace un resumen sobre el asunto que se va a legislar.Cuando el texto ocupa un renglón, se escribe a partir del margen izquierdo en minúscula solo se centrara el último renglón del motivo.
Ejemplo:
ACUERDO 2530
(28 de noviembre)
Por el cual se aprueba una comisión especial
Por el cual se establece el procedimiento para la elección de los empleados del ministerio de trabajo y seguridad social en la COMISION DE PERSONAL de dicho ministerio.Cargo de quien expide: El cargo y la entidad de la autoridad competente se escriben con mayúsculas y centrado, a cuatro interlíneas de la línea anterior.
Ejemplo:
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
EL MINISTERIO DE GOBIERNO
Atribuciones: Aquí se enumeran normas, si las hay, o cargo de quien delega para que este funcionario pueda expedir el documento. Se escribe a 4 interlineas de la línea anterior con minúsculas y desde el margen izquierdo. Va centrado cuando ocupa un solo renglón.
Termina con la letra "y", cuando haya considerándos.
Ejemplo:En uso de sus atribuciones legales y,En uso de sus atribuciones y las que le señala el articulo 4o. del decreto 3028 de 1986, y
Considerándos: Son las causas que llevaron a expedir el documento. Se escribe primero la expresión "considerando", centrada con mayúsculas, a cuatro interlineas de las Atribuciones y a otras cuatro interlineas se empieza la numeración de los considerándos que sean necesarios; cada considerando se inicia con la palabra "Que", desde el margen izquierdo.Ejemplo:
EL DIRECTOR GENERAL DE ____________________
LA JUNTA DIRECTIVA DE______________________
CONSIDERANDO
1. Que____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________.
Parte resolutiva: Son las disposiciones que deben quedar reglamentadas o las autorizaciones, dependiendo de lo que pretende el documento a cuatro interlineas de los considerándos, con mayúsculas y centrado, se escribe la expresión "ACUERDA" si es acuerdo. La norma o disposición se empieza a escribir a cuatro interlineas. Cuando son varias, se escriben como articulados, con mayúsculas y números ordinales seguidos de punto, sobre el mismo renglón; y a dos espacios, se inicia el texto... Con el fin de resaltar los artículos, la segunda línea se inicia a la altura de la primera y la tercera, y además contra el margen izquierdo.
Ejemplo:
ARTICULO 3.___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Cuando cada articulo se refiere a un tema especifico, el titulo del articulo va con mayúsculas, después del numero; el texto se inicia a dos interlineas, en el margen izquierdo.
Ejemplo:
DECRETA
ARTICULO 1. JORNADA LABORAL____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
También es posible que la parte resolutiva se divide en capítulos, como en el caso de los reglamentos; estos Irán con mayúsculas, centrados al igual que el titulo del capitulo. El texto del articulo se inicia después del titulo del capitulo.
Ejemplo:
ACUERDA
CAPITULO I

ARTICULO 1. DEFINICION:_______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
ARTICULO 2. BASES GENERALES:__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
PARAGRAFO: _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
La numeración de los parágrafos también va en números ordinales.Cuando la parte resolutiva solo tiene un artículo, se escribe ARTÍCULO UNICO y en el mismo renglón el texto.
Vigencia: Fecha a partir de la cual se rige la disposición. Es el último artículo del documento. No siempre la fecha de expedición es igual a la de la vigencia. Cuando las fechas son iguales, puede omitirse el artículo de la vigencia, porque rige a partir de su expedición.Notificación: Se utilizan las expresiones "Comuníquese y Cúmplase", las cuales se escriben con mayúscula a cuatro interlineas del ultimo articulo; pueden encentradas o hacia el margen izquierdo.
Ejemplo:
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
O
COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Fecha de expedición: la fecha en el cuál se expide se escribe a 3 interlineas, asi:Dado en (Ciudad), a los (día) días del mes del (mes) de (año).Firmas: Los nombres de quienes firman se escriben a dos columnas, con mayúsculas; sus cargos irán centrados con mayúscula inicial.Si quien firma es una sola persona, puede escribirse al margen izquierdo o centrado, pero guardando proporción con el Comuníquese y Cúmplase.Segunda y más hojas: El documento se identifica con su numero, año y numero de pagina, escrito a 4 cm. del borde superior de la hoja. A dos interlineas el motivo, tal como se hizo el comienzo, y se continúa el texto luego de tres interlineas.

¿QUE ES RESOLUCION?
La resolución administrativa consiste en una orden escrita dictada por el jefe de un servicio público que tiene carácter general, obligatorio y permanente, y se refiere al ámbito de competencia del servicio. Las resoluciones se dictan para cumplir las funciones que la ley encomienda a cada servicio público. En cuanto a su ámbito material, la resolución alcanza a todo aquello que complemente, desarrolle o detalle a la ley en la esfera de competencia del servicio público. En cuanto al territorio, las resoluciones pueden tener alcance nacional o local, tratándose de servicios descentralizados.Las resoluciones tienen un enorme impacto en la actividad económica y social, pues tienen un grado de flexibilidad, oportunidad e información que la ley no puede tener, y en ese sentido la complementan.
MODELO ESQUEMATICO
ENTIDAD QUE EXPIDE EL DOCUMENTO
IDENTIFICACIONDEL DOCUMENTO NÙMERO Y AÑO
(día mes)
Motivo por el cual se legisla
CARGO Y ENTIDAD DE QUIEN EXPIDE Atribuciones________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________y
CONSIDERANDO Que______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________. Que_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________.
RESUELVE ACUERDA O DECRETA ARTICULO 1. __________________________________________________________________ PARAGRAFO 1. _______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
PARAGRAFO 2. ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
IDENTIFICACION DOCUMENTO NUMERO AÑO
Motivo por el cual se
expide______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
ARTICULO 2. ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ARTICULO 3. VIGENCIA____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
COMUNIQUESE Y CUMPLACE
Dado en (ciudad), a los (día) días del mes de (mes) de (año)
NOMBRE DE QUIEN FIRMA NOMBRE DE QUIEN FIRMA
Cargo Cargo
NOMBRE DE QUIEN FIRMA
Cargo
MARGENES
SUPERIOR:
4 cm.
INFERIOR: 3 cm.
IZQUIERDO: 4 cm.
DERECHO: 3 cm.

martes, 1 de abril de 2008

¿QUE ES LEY?

DEFINICIONES DE LEY

etimologia: del latin, lex, legis es una declaracion de la voluntad soberana, dictada por el congreso de la republica, por medio de la cual se ordena, permite o se prohibe una cosa.
procepto dictado por la suprema autoridad (congreso de la republica) en que se manda o se prohibe en consonancia con la justicia para el bien de los gobernados.
norma juridica obligatoria dictada por legitimo poder para regular la conducta de los hombres o para establecer los organos necesarios por el cumplimiento de sus fines.
es un sentido social mas general, disposicion que expresa y regula lo que debe ser.
la ley en sentido material, se asimila al termino norma juridica.
cantidad de oro o plata que fija la ley correspondiente en la liga de una moneda.
la ley es una norma juridica dictada por el legislador. Es decir, un precepto establecida por la autoridad competente, en que se manda o prohibe algo en consonancia con la justicia, y para bien de los gobernados. Segun el jurista panameño Cesar Quintero, en su libro derecho constitucional, la ley es una "norma dictada por una autoridad publica que a todos ordena, prohibe o permite, y a la cual todos deben obediencia".

LEY NATURAL

Articulo principal: participacion de la ley eterna en la criatura racional. Ley natural es el concepto utilizado en la teoria del derecho para referirce a la ley o moral que precede a todas las creaciones humanas y especialmente las leyes convencionales o positivas.

Ley natural es la verdad grabada en el corazon de todo ser humano en integra el derecho natural. Tomas de Aquino "suma teologica" Prima secunda(l-llae) cuestion 94, articulo 6. De ese modo la ley natural es una ley prebia al hombre mismo universal e inmutable (por semejanza a leyes fisicas o quimicas cuya valildez universal se puede verificar cientificamente, del mismo modo la ley natural es accesible mediante la razon).

Mientras no esta aprobada es un proyecto de ley.

Alguno tipos de ley son:

Ley fundamental es la que establece principios por los que debera regirse la legislacion de un pais; suele denominarse constitucion. La constitucion es la norma suprema del ordenamiento juridico, ya que esta por encima de cualquier ley.

Ley organica cuando nace como concecuencia de un mandato constitucional para la regulacion de una materia especifica.

Ley ordinaria, entre las que se incluye la ley de presupuestos

Un ejemplo de ley es la ley de enjuiciamiento, es decir, los codigos que regulan la actuacion procesal de los litigantes, jueces y tribunales

Legislacion delgada: Son normas juridicas con rango legal aprovadas por el gobierno. No son propiamente leyes, aunque tienen todos los efectos de estas ya que tienen valor, rango y fuerza de ley. Entre ellas encontramos al:
Decreto Ley
Decreto Legislativo


ACTO ADMINISTRATIVO

El objetivo de la administracion publica es satisfacer los intereses colectivos. En aras de ello (a la par de otras actuaciones administrativas) dicta los denominados actos administrativos.

El tema del acto administrativoes de suma importancia en el Derecho publico, dado que el reconocimiento de un acto como administrativo implica someterlo en un regimen especial que lo diferencie de otras manifestaciones estatales.

Definiciones de acto administrativo

Las definiciones de acto administrativo varian segun donde se ponga el enfasis, ya sea en el organo que lo dicta, en el contenido del mismo, o en su forma.

Obviando las disputas doctrinarias se puede entender al acto administrativo como "toda declaracion unilateral de voluntad realizada en el ejercicio de la funcion administrativa que produce efectos juridicos individuales de forma inmediata". Este concepto de acto administrativo es sostenida entre otros, por el jurista argentino Agustin Gordillo.

Se señala que el acto administrativo es una declaracion de voluntad para descartar posibles actividades de la administracion que no sean especificamente emanaciones de la voluntad estatal.

Y por ultimo, si se dice que "produce efectos juridicos individuales" para diferenciar el acto administrativo creadoras de situaciones juridicas para el administrado, como los reglamentos.

Caracteristicas del acto administrativo

Se trata de una declaracion, por lo que quedan excluidos los actos de la Administracion puramente materiales (redaccion de un oficio, una demolicion, el asfaltado de una calle).

Ha de proceder de un sujeto de la Administracion con competencia para realizar el acto.
deben costituir ejercicios de la portestad administrativa y estar sujetos al derecho administrativo.
los actos administrativos pueden ser objeto de recurso judicial.
los actos administrativos son unilaterales.

Clasificacion del acto administrativo

Por su origen

actos simples que provienen de un solo organo.
actos complejos que provienen de dos o mas organos.

Por su contenido

actos constitutivos que crean, modifican o extinguen relaciones juridicas, bien reconociendo un derecho o suprimiendo un impedimiento (Actos favorables), bien estableciendo un deber o carga (Actos de gravamen)
Acto declarativos que solo constatan o acreditan una situacion juridiaca

Por su forma

actos expresos que se manifiestan formalmente, casi siempre por escrito.

El acto se realiza en ejercicio de facultades regladas o discrecionales. De todas formas, por ser común de encontrar, esta es la explicación:

Actos reglados en los que la Administracion de limita a aplicar una norma que determina el contenido del acto.

Esta discrecionalidad de la administración se da dentro de un abarrico de soluciones;

Elementos del acto administrativo
sujeto competente

El sujeto activo ha de ser un órgano de la administración, pero además debe ser el órgano competente

El acto administrativo dictado por órgano incompetente territorialmente es nulo del pleno derecho

El acto administrativo dictado por órgano incompetente por razon de la materia es nulo de pleno derecho.

El acto administrativo dictado por órgano incompetente por razón de la jerarquia es anulable
Contenido

El contenido es la declaración en que el acto consiste y se suele distinguir entre:
contenido esencial que es el que forma parte necesariamente del mismo y los distinguen de los demás actos administrativos.
contenido eventual que son aquellas que pueden o no ser incluidas por el órgano que dicta el acto

Causa y fin
causa la rázon que justifica el acto


Procedimiento

Es la via a tráves de la cual se va a crear el acto administrativa. El procedimiento para el dictado de un acto administrativo varía mucho según cada ordenamiento jurídico. Pero generalmente podemos ver dos etapas sucesivas básicas. Primero la creación de la volontud administrativa y luego la notificación a los particulares efectuados por el acto. Recién a partir de éste último momento tendra eficacia el acto.

Forma

La forma es la manera como se exterioriza el acto. En derecho administrativo las formas hacen a la sustancia del acto, y siempre benefician al particular.

Justificacion

Los actos administrativos deben estar justificados, deben decirlas razones por las cuales adopta. La falta de motivacion genera la nulidad del acto administrativo.

Publicidad

Todo acto administrativo debe serconocido, para que los interesados sepas de la existencia del mismo y puedan ejercer sus derechos. En caso de los actos administrativos, se deben proceder a la notificacion a los particulares.

Nulidad

Se suele reconocer que la nulidad en materia de actos administrativos recae en actos defectos en sus elementos esenciales. Estos actos, a los que suele llamar irregular, no son susceptibles de ser confirmados por la administracion.

Caracteres del Acto Administrativo

Los actos administrativo se presumen validos y legitimos. Esta tresuncion no se sostiene paralos actos irregulares (los que poseen un vicio manifiesto).

En esos casos se habla de la "Ejecutoriedad" del acto.

Irrevocabilidad

El acto administrativo reconoce una situacion juridica subjetiva a favor de un particular, y por ello, una vez eficaz, no puede ser por la administracion.

¿QUE ES ACUERDO?

DOCUMENTOS LEGALES
Dentro de este grupo se reunen los documentos que tienen su origen en entidades estatales, a un cuando tambien puedan ser expedidas por entidades privadas, y cuyo fin es hacer manifestaciones voluntarias de personas naturales o juridicas.
A este grupo pertenecen Decretos, Resoluciones, Acuerdos y pretenden legislar sobre situaciones particulares, que deben asumir todos los funcionarios de una organizacion y del estado.
Para la elaboracion de estos documentos se siguen los mismos parametros en cuanto a espacios interlineas, centrados, signos de puntuacion y, en muchos casos, en el estilo de redaccion. Siempre se trabajan con papel tamaño oficio e interlinea sencilla.
¿QUE ES UN ACUERDO?
Un acuerdo es, en Derecho, una decision tomada en común por dos o más personas, por una junta, asamblea o tribunal. También se denomina así a un pacto, tratado o resolución de organizaciones, instituciones, empresas públicas o privadas.
Es, por lo tanto, la manifestación de una convergencia de voluntades con la finalidad de producir efectos jurídicos.
El principal efecto jurídico del acuerdo es su obligatoriedad para las partes que lo otorgan naciendo para las mismas obligaciones y derechos.
Es válido cualquiera que sea la forma de su celebración, oral o escrita, siempre que el consentimiento de los otorgantes sea válido y su objeto cierto, determinado, no esté fuera del comercio o sea imposible.
PARTES
Entidad que expide el documento: Cuando no se utiliza papeleria impresa, el nombre de la entidad debe colocarse a 8 cm del borde superior de la hoja, en mayusculas, centrado, y en un solo renglon.
Identificacion: se refiere al tipo de documento que se va expedir, bien sea Resolucion, Acuerdo, Decreto Ley, etc. Se escribe a cuatro interlineas del nombre de la entidad. En mayuscula, centrado, seguido del numero consecutivo y el año.
Ejemplo:
DECRETO LEY 1960 DE 1994
LEY 80 DE 1992
RESOLUCION 0324 DE 1993

Fecha: A dos interlineas, entre parentesis y centrada, van el dia y el mes de la fecha de la vigencia.
Ejemplo:
(27 de julio)
(5 de octubre)

Motivo: A cuatro interlineas de la fecha se hace un resumen sobre el asunto que se va a legislar.
Cuando el texto ocupa un renglon, se escribe a partir del margen izquierdo en miniscula solo se centrara el ultimo renglon del motivo.
Ejemplo:
ACUERDO 2530
(28 de noviembre)
por el cual se aprueba una comision especial
Por el cual se establece el procedimiento para la eleccion de los empleados del ministerio de trabajo y segurodad social en la COMISION DE PERSONAL de dicho ministerio.
Cargo de quien expide: El cargo y la entidad de la autoridad competente se escriben con mayusculas y centrado, a cuatro interlinas de la linea anterior.
Ejemplo:
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
EL MINISTERIO DE GOBIERNO

Atribuciones: Aqui se enumeran normas, si las hay, o cargo de quien delaga para que este funcionario pueda expedir el documento. Se escribe a 4 interlineas de la linea anterior con minusculas y desde el margen izquierdo. Va centrado cuando ocupa un solo renglon.
Termina con la letra "y", cuando haya considerandos.
Ejemplo:
En uso de sus atribuciones legales y,
En uso de sus atribuciones y las que le señala el articulo 4o. del decreto 3028 de 1986, y
Considerandos: Son las causas que llavaron a expedir el documento. Se escribe primero la expresion "considerando", centrada con mayusculas, a cuatro interlineas de las Atribuciones y a otras cuatro interlineas se empieza la numeracion de los considerandos que sean necesarios; cada considerando se inicia con la palabra "Que", desde el margen izquierdo.
Ejemplo:
EL DIRECTOR GENERAL DE ____________________
LA JUNTA DIRECTIVA DE______________________
CONSIDERANDO
1. Que_______________________________________________________________
__________________________________________________________________
__________________________________________________________________
_________________________________.
Parte resolutiva: Son las disposiciones que deben quedar reglamentadas o las autorizaciones, dependiendo de lo que pretende el documento a cuatro interlineas de los considerandos, con mayusculas y centrado, se escribe la expresion "ACUERDA" si es acuerdo. La norma o disposicion se empiza a escribir a cuatro interlineas. Cuando son varias, se escriben como articulados, con mayusculas y numeros ordinales seguidos de punto, sobre el mismo renglon; y a dos espacios, se inicia el texto.. Con el fin de resaltar los articulos, la segunda linea se inicia a la altura de la primera y la tercera, y ademas contra el margen izquierdo.
Ejemplo:
ARTICULO 3.
____________________________________________________________________
____________________________________________________________________
___________________________________________________________________
Cuando cada articulo se refiere a un tema especifico, el titulo del articulo va con mayusculas, despues del numero; el texto se inicia a dos interlineas, en el margen izquierdo.
Ejemplo:
DECRETA
ARTICULO 1. JORNADA LABORAL
____________________________________________________________________
____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
____________________________________________________________________
Tambien es posible que la parte resolutiva se divide en capitulos, como en el caso de los reglamentos; estos iran con mayusculas, centrados al igual que el titulo del capitulo. El texto del articulo se inicia despues del titulo del capitulo.
Ejemplo:
ACUERDA
CAPITULO I
ARTICULO 1. DEFINICION:_______________________________________________
____________________________________________________________________
____________________________________________________________________
ARTICULO 2. BASES GENERALES:__________________________________________
____________________________________________________________________
____________________________________________________________________
PARAGRAFO: _________________________________________________________
____________________________________________________________________
____________________________________________________________________
La numeracion de los paragrafos tambien va en numeros ordinales.
Cuando la parte resolutiva solo tiene un articulo, se escribe ARTICULO UNICO y en el mismo renglon el texto.
Vigencia: Fecha a partir de la cual se rige la disposicion. Es el ultimo articulo del documento. No siempre la fecha de expedision es igual a la de la vigencia. Cuando las fechas son iguales, puede omitirse el articulo de la vigencia, porque rige a partir de su expedicion.
Notificacion: Se utilizan las expresiones "Comuniquese y Cumplase", las cuales se escriben con mayuscula a cuatro interlineas del ultimo articulo; pueden incentradas o hacia el margen izquierdo.
Ejemplo:
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
O
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Fecha de expediciòn: la fecha en el cùal se expide se escribe a 3 interlineas, asi:
Dado en (Ciudad), a los (dìa) dìas del mes del (mes) de (año).
Firmas: Los nombres de quienes firman se escriben a dos columnas, con mayusculas; sus cargos iran centrados con mayuscula inicial.
Si quien firma es una sola persona, puede escribirse al margen izquierdo o centrado, pero guardando proporciòn con el Comuniquese y Cumplase.
Segunda y mas hojas: El documento se identifica con su numero, año y numero de pagina, escrito a 4 cm del borde superior de la hoja. A dos interlineas el motivo, tal como se hizo el comienzo, y se continua el texto luego de tres interlineas.

¿QUE ES RESOLUCIÓN?

¿QUE ES RESOLUCION?

La resolución administrativa consiste en una orden escrita dictada por el jefe de un servicio público que tiene carácter general, obligatorio y permanente, y se refiere al ámbito de competencia del servicio.

Las resoluciones se dictan para cumplir las funciones que la ley encomienda a cada servicio público. En cuanto a su ámbito material, la resolución alcanza a todo aquello que complemente, desarrolle o detalle a la ley en la esfera de competencia del servicio público.

En cuanto al territorio, las resoluciones pueden tener alcance nacional o local, tratándose de servicios descentralizados.

Las resoluciones tienen un enorme impacto en la actividad económica y social, pues tienen un grado de flexibilidad, oportunidad e información que la ley no puede tener, y en ese sentido la complementan.

MODELO ESQUEMATICO
ENTIDAD QUE EXPIDE EL DOCUMENTO
IDENTIFICACIONDEL DOCUMENTO NÙMERO Y AÑO
(día mes)
Motivo por el cual se legisla
CARGO Y ENTIDAD DE QUIEN EXPIDE Atribuciones________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________y
CONSIDERANDO Que______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________. Que_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________.
RESUELVE ACUERDA O DECRETA ARTICULO 1. __________________________________________________________________ PARAGRAFO 1. _______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
PARAGRAFO 2. ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
IDENTIFICACION DOCUMENTO NUMERO AÑO
Motivo por el cual se
expide______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
ARTICULO 2. ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ARTICULO 3. VIGENCIA____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
COMUNIQUESE Y CUMPLACE
Dado en (ciudad), a los (día) días del mes de (mes) de (año)
NOMBRE DE QUIEN FIRMA NOMBRE DE QUIEN FIRMA
Cargo Cargo
NOMBRE DE QUIEN FIRMA
Cargo
MARGENES
SUPERIOR: 4 cm
INFERIOR: 3 cm
IZQUIERDO: 4 cm
DERECHO: 3 cm